NORMATIVIDAD Y USO DE TIC


 TIC EN LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO


El usar tecnología no es hacer gestión del conocimiento, las herramientas que aporta las TIC ayudan a mejorar cada una de las etapas o procesos establecidos en la estrategia que permite organizar los saberes que se tienen estipulados dentro de una organización.

Dado que es variada la información que circunda una organización, la gestión del conocimiento permite que la empresa no este nadando en un cumulo de información y desinformación, sino que por medio de herramientas adecuadas se genera un norte que vincule saberes apropiados que apoyen procesos o innovaciones.

En este caso es necesario optar por herramientas tecnológicas que favorezcan la comunicación abierta y también sectorizada para filtrar información que se acorde a las necesidades de los diferentes departamentos que conforman una organización.

Para ello es necesario optar por soluciones tecnológicas que:

1)        favorezca los canales de comunicación en el sentido que permita además de lo básico, el vínculo de otras aplicaciones donde se comparta información en diferentes formatos (audios, videos, documentos, símbolos, diseños…).

2)        Permitan el trabajo colaborativo en tiempo real, de modo que impulsen la creatividad y la productividad

3)        Almacenen información con parámetros estandarizados para favorecer criterios de búsqueda, de modo que conlleven a la construcción de repositorios.

4)        Brinden seguridad con respecto a la modificación o perdida de información.

 

NORMATIVIDAD DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En la gestión del conocimiento una de las etapas es la creación de conocimiento, donde estos productos han de ser protegidos para evitar manipulación o plagio de la información, en este caso el artículo 61 de la Constitución política de Colombia consagra la protección de la propiedad intelectual. En tanto que la Decisión Andina 351 de 1993, Decisión 344 de 1993 de Cartagena, la Ley 23 de 1.982 y la ley 44 de 1993, así como la ley 1455 de 2011 por medio de la cual se aprueba el Protocolo de Madrid sobre el registro internacional de marcas, son el compendio de normas que se enfocan en la protección de derechos de autor, y los derechos conexos.

Desde esta normatividad y del uso de TIC, la propuesta de gestión del conocimiento ha de estar enmarcada por un proceso tecnológico bien fundamentado que sea un aliado que contribuya al alcance de metas, por lo cual es necesario establecer condiciones tecnológicas que vinculan aspectos técnicos (instalación, mantenimiento de dispositivos y aplicativos, seguridad de la información) y aspectos de formación (capacitación de usuarios en aplicativos y uso de dispositivos)

Además, se ha de generar en el equipo de trabajo una conciencia por el respeto a la propiedad intelectual, la cual va incluida desde la fundamentación que se le da a la información que se aborde en el proceso como en el producto final que hace parte de la organización en la cual se genera la gestión del conocimiento.


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I.E. TOMÁS EASTMAN